domingo, 8 de mayo de 2011

BUENAS NOTICIAS

Al fin una modificación al artículo 20 de la ley 1430 de diciembre 29 de 2010, eliminó la obligación de presentar la declaración de retención cuando no se hayan practicado retenciones, o sea en ceros.

Esta modificación nos había sido anunciada por un lector de nuestro blog, al cual agradecemos sinceramente, y en la que nos contaba:

Anónimo dijo...

Señores Edificio Almendros de Santa Isabel, quiero contarles que su situacion esta a punto de subsanarce sin ningun costo si es aprobada la nueva reforma tributaria. En el proyecto de reforma tributaria presentado al congreso, se prevé la adición de un parágrafo transitorio al artículo 606 del estatuto tributario, el cual contempla:

Los agentes de retención que no hayan cumplido con la obligación de presentar las declaraciones de retención en la fuente en ceros en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio de 2006, podrán presentar esas declaraciones dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley sin liquidar la sanción por extemporaneidad.
Es muy probable que este parágrafo sea aprobado, por cuanto beneficiaría a una gran cantidad de pequeños contribuyentes que por desconocimiento no cumplieron con esta obligación, la cual en muchas ocasiones ha sido calificada como absurda y hasta abusiva, tanto que en el mismo proyecto se plantea su eliminación

8 de noviembre de 2010 18:34


Edificio Almendros de Santa Isabel dijo...

Saludos Anónimo, no sabe cuanto me alegra su mensaje, esa es una muy buena noticia y nos da la sana sensación de que si hay en el congreso personas interesadas en arreglar tantos asuntos que directamente afectan el patrimonio de los Colombianos.
De nuevo gracias por su aporte.

9 de noviembre de 2010 16:13


Link de esta entrada del blog del 15 de enero de 2010 http://almendrosdesantaisabel.blogspot.com/2010/01/la-gran-estafa.html

Desde entonces la administración estuvo pendiente del desarrollo de esto y presentando cumplidamente mes a mes el formulario 350 para evitar que se sumaran más sanciones por extemporalidad, encontrando después de un tiempo que la modificación a la ley había sido aprobada. Mientras terminamos de conseguir los documentos de esta modificación a la ley seguimos presentando los formularios y preparando los de los peródos vencidos para entregarlos, ya sin la sanción que sumaba $ 3.690.000.

Sobra decir que esta sanción nos tenía amarrados en el presupuesto y que al anularse nos permitirá emprender ejecuciones que habían quedado en espera de financiación. Por ejemplo: * Se pudo emprender la remodelación del jardín que estaba programada para Junio de 2009

* Ahora se está implementando, con la aprobación de la Asamblea general ordinaria del 2011 y bajo supervisión de la junta de administración, un sistema de vigilancia virtual que nos permitirá ver en tiempo real el movimiento de las entradas del edificio, las 24 horas y desde cualquier lugar del mundo, la entrada al sistema se hará por medio de una clave de usuario que será entregada a los interesados que lo soliciten, que obviamente tendrán que ser propietarios o habitantes de Almendros de Santa Isabel.


Seguimos con las buenas noticias.

Los agentes de retención que no hayan cumplido con la obligación de presentar las declaraciones de retención en la fuente en ceros en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio de 2006, podrán presentar esas declaraciones dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley sin liquidar la sanción por extemporaneidad.

Esto beneficiaría a una gran cantidad de pequeños contribuyentes que por desconocimiento no cumplieron con esta obligación, la cual en muchas ocasiones ha sido calificada como absurda y hasta abusiva, tanto que en el mismo proyecto se planteó su eliminación.

El beneficio es grande, ya que la declaración de retención es mensual, y por cada una que no se haya presentado hay que pagar la sanción mínima, que es de 10 Uvt, y suponiendo que durante 3 años no se hubiere presentado dicha declaración, tendríamos una sanción acumulada de 360 Uvt, que en valores del 2010 se puede estar hablando de $8.840.000, demasiado dinero para un pequeño contribuyente, que son los que más han incumplido con la presentación de la declaración de retención en la fuente en ceros.

Información consultada en
http://www.gerencie.com/ya-no-es-obligatorio-presentar-las-declaraciones-de-retencion-en-la-fuente-en-ceros.html


Por fin una buena noticias para muchos agentes de retención. Ya no es obligatorio presentar la declaración de retención en la fuente en ceros, esto es que si en el periodo respectivo no se practicaron retenciones en la fuente, no es necesario presentar la declaración.

El artículo 20 de la ley 1430 de diciembre 29 de 2010, eliminó la obligación de presentar la declaración de retención cuando no se hayan practicado retenciones:
Ha dicho el artículo referido: No obligados a presentar declaración de retención en la fuente. Se modifica el parágrafo 2º y se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 606 del Estatuto Tributario, así:

Parágrafo 2º. La presentación de la declaración de que trata este artículo no será obligatoria en los periodos en los cuales no se hayan realizado operaciones sujetas a retención en la fuente.

Parágrafo transitorio. Los agentes de retención que no hayan cumplido con la obligación de presentar las declaraciones de retención en la fuente en ceros en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio de 2006, podrán presentar esas declaraciones dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley sin liquidar sanción por extemporaneidad.

Esta medida aplica para todos los agentes de retención, ya que la ley no hizo discriminación alguna, de suerte que este beneficio aplicará para pequeños y grandes.

Agradecemos el Link del video Presentación de declaración, IVA y retefuente en ceros en youtube del doctor Diego Hernán Guevara Líder de Investigación Contable y Tributaria




DÍA DE LAS MADRES

Dedicado a todas las madres del mundo y en especial a las de
Almendros de Santa Isabel

ESA MUJERCITA

Vals
Autoría: Manuel Alejandro

Esa mujercita que ves con el pelo blanco,
esa mujercita que ves vestida de negro,
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo una vez fui dolor de su carne;
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo una vez fui dolor de su carne.

Esa mujercita que ves con los ojos tristes,
esa mujercita que ves con los labios secos,
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo he vivido mezclado en su sangre;
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo he vivido mezclado en su sangre.

Ella me invitó a beber de su cuerpo,
ella me enseño la primera palabra,
ella me ayudó a caminar por el suelo
y a que fuera feliz en mi infancia.
Y me regaló el primer tren de lata;
y me protegía del hambre y del frío;
y me dibujaba castillos y hadas
y árboles muy grandes al lado del río.

Esa mujercita que ves con el pelo blanco,
esa mujercita que ves vestida de negro,
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo una vez fui dolor de su carne;
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo una vez fui dolor de su carne.

Esa mujercita que ves con los ojos tristes,
esa mujercita que ves con los labios secos,
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo he vivido mezclado en su sangre;
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo he vivido mezclado en su sangre.

Me enseñó a rezar con palabras sencillas,
me indicó el camino que lleva a la Gloria,
y lo malo y bueno que existe en la vida
para que jamás me apresaran las sombras.
Me enseñó a pensar con los pies en la tierra,
me explicó el por qué del amor y la ira
y por qué en el cielo se ven las estrellas
y por qué en la tierra los hombres se envidian.

Esa mujercita que ves con el pelo blanco,
esa mujercita que ves vestida de negro,
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo una vez fui dolor de su carne;
esa es la mujer que más quiero y más quiero
porque yo he vivido mezclado en su sangre.

Feliz día a todas las Madres.

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